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Oposiciones Guardia Civil

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Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil (BOE. núm. 289, de fecha 29-11-2014) establece que los guardias civiles están vinculados al Cuerpo de la Guardia Civil con una relación de servicios profesionales de carácter permanente y, dada la naturaleza militar del Instituto en el que se integran, son militares de carrera de la Guardia Civil.

La carrera militar en el Cuerpo es la trayectoria profesional, en las condiciones establecidas en la citada Ley, definida por el ascenso a los diferentes empleos, por la ocupación de diferentes destinos y la progresiva capacitación para asumir puestos de mayor responsabilidad, combinando formación y experiencia profesional en el desempeño de los cometidos del Cuerpo y en el ejercicio de las facultades de su escala.

El personal de la Guardia Civil, de acuerdo con la señalada Ley, se distribuye en tres escalas:

  • Escala de oficiales.
  • Escala de suboficiales.
  • Escala de cabos y guardias.

Dentro de cada escala los miembros de la Guardia Civil se agrupan en categorías y dentro de éstas por empleos, que son los siguientes:

Dentro de cada categoría los empleos del Cuerpo de la Guardia Civil son los siguientes:

  • Categoría de oficiales generales:
    • Teniente General.
    • General de División.
    • General de Brigada.
  • Categoría de oficiales:
    • Coronel.
    • Teniente Coronel.
    • Comandante.
    • Capitán.
    • Teniente.
  • Categoría de suboficiales:
    • Suboficial Mayor.
    • Subteniente.
    • Brigada.
    • Sargento Primero.
    • Sargento.
  • Categoría de cabos y guardias:
    • Cabo Mayor.
    • Cabo Primero.
    • Cabo.
    • Guardia Civil.

Modalidades de acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil

Los españoles tienen derecho al acceso a la enseñanza de formación de la Guardia Civil en los términos regulados en el Capítulo II del Título IV de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y con los establecidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 29/2014, el ingreso en los centros docentes de formación se producirá según lo dispuesto en el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, sus normas de desarrollo y la correspondiente convocatoria, mediante alguno de los siguientes sistemas: 

  1. Por acceso directo: procedimiento abierto a todos los españoles que reúnan los requisitos y condiciones establecidas en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, basado en el principio de libre concurrencia, para adquirir la condición de militar de carrera de la Guardia Civil.
  2. Por promoción profesional mediante las modalidades de promoción interna y de cambio de escala: procedimiento restringido a los guardias civiles, que reúnan las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, para posibilitarles el acceso a otra escala.

La modalidad de promoción interna está reservada a los miembros de las escalas de cabos y guardias y a la de suboficiales, para acceder a la escala de suboficiales y de oficiales, respectivamente y la modalidad de cambio de escala está reservada a los miembros de las escalas de cabos y guardias y de suboficiales, para acceder a la escala de oficiales.


Escala de oficiales

La incorporación a la escala de Oficiales de la Guardia Civil supondrá, la atribución del empleo de teniente y la obtención del título oficial de Grado Universitario correspondiente a las enseñanzas recibidas, que surtirá los efectos previstos en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y serán expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

Ingreso por acceso directo sin titulación universitaria previa 

Sistema selectivo

Concurso oposición.

Nivel de estudios requeridos

Prueba de acceso a la universidad (PAU) establecida en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

Evaluación final de Bachillerato (EBAU) regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con atención a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013.

Edad

Tener cumplidos, o cumplir, los dieciocho (18) años de edad y no cumplir ni haber cumplido veintiún (21) años de edad en el año de la convocatoria.

Planes de estudios

Cinco cursos académicos, cursándose los dos primeros cursos en la Academia General Militar del Ejército de Tierra (Zaragoza) y en el Centro Universitario de la Defensa en ella ubicado.
 
Por ello, el número de plazas, los requisitos y pruebas para el ingreso y el régimen de los alumnos, se regirá por las normas establecidas para las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas.

Los últimos tres cursos se imparten en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil (Aranjuez) y en el Centro Universitario de la Guardia Civil allí ubicado.

El currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil por acceso directo sin titulación universitaria previa integra en el plan de estudios de la formación militar y de cuerpo de seguridad con el plan de estudios correspondiente a la titulación de Grado en Ingeniería de la Seguridad.

 

Pase a la situación de reserva 

  • Tenientes Generales: 
    • Al cumplir 10 años de permanencia en empleos de la categoría de Oficial General.
  • Generales de División: 
    • Al cumplir 7 años de permanencia entre los empleos de General de Brigada y General de División.
  • Generales de Brigada: 
    • Al cumplir 4 años de permanencia en el empleo.
  • Restantes empleos: 61 años. 

Al cumplir los 65 años se pasa a retiro por edad excepto el Teniente General Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil, que permanecerá en la situación de activo mientras ostente dicho cargo, pasando, en el momento de su cese, a la situación de reserva o a retiro, según proceda.

Ingreso por el sistema de promoción profesional

Sistema selectivo

Concurso oposición

Nivel de estudios requeridos

  • Modalidad de promoción interna: Haber superado un número de créditos ECTS de la titulación de Grado que se determine de forma conjunta por los Ministros de Defensa y del Interior, no pudiendo exigirse, en este caso, un número superior a 180 créditos ECTS. De estos créditos formarán parte las enseñanzas cursadas en la Guardia Civil y la experiencia profesional, en ambos casos, con el alcance que se determine.
  • Modalidad de cambio de escala: Las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, de Grado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, así como los títulos oficiales de máster o doctor que se determine de manera conjunta por parte de los Ministros de Defensa y del Interior, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del Cuerpo de la Guardia Civil.

Edad

No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la edad de 51 años.

 

Plan de estudios

Dos cursos académicos en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil de Aranjuez.

El currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil por promoción profesional en su modalidad de promoción interna comprende el plan de estudios de la formación militar y de cuerpo de seguridad y el plan de estudios correspondiente a la titulación de Grado en Gestión de Seguridad Pública.

La enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales por promoción profesional, modalidad de cambio de escala, comprende el plan de estudios correspondiente a la formación militar y de cuerpo de seguridad que completa a la previamente exigida para el ingreso, y teniendo en cuenta las titulaciones y requisitos que sean de aplicación.

Sistema de ascensos dentro de la Escala de Oficiales

  • De Teniente a Capitán por antigüedad.
  • De Capitán a Comandante y de Comandante a Teniente Coronel, por clasificación.
  • Los ascensos a los empleos de la categoría de Oficiales Generales y a Coronel se efectuarán por elección.

 Pase a la situación de reserva

  • Tenientes Generales: 
    • Al cumplir 10 años de permanencia en empleos de la categoría de Oficial General.
  • Generales de División: 
    • Al cumplir 7 años de permanencia entre los empleos de General de Brigada y General de División.
  • Generales de Brigada: 
    • Al cumplir 4 años de permanencia en el empleo.
  • Restantes empleos: 61 años. 

Al cumplir los 65 años se pasa a retiro por edad excepto el Teniente General Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil, que permanecerá en la situación de activo mientras ostente dicho cargo, pasando, en el momento de su cese, a la situación de reserva o a retiro, según proceda.


Escala de suboficiales

Forma de ingreso

Por promoción interna. Se reserva la totalidad de las plazas convocadas a los guardias civiles pertenecientes a la Escala de Cabos y Guardias, con al menos dos (2) años de tiempo de servicios en la misma.

Sistema selectivo

Concurso oposición.

Nivel de estudios requeridos

Se exigirán los requisitos de acceso requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior.

Edad

No tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publiquen las correspondientes convocatorias, la edad de cincuenta y un (51) años.

Plan de estudios

Dos (2) cursos académicos en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil.

Sistema de ascensos dentro de la Escala de Suboficiales

  • De Sargento a Sargento 1º, por el sistema de antigüedad.
  • De Sargento 1º a Brigada y de Brigada a Subteniente, por el sistema de clasificación.
  • De Subteniente a Suboficial Mayor, por el sistema de elección.

Pase a la situación de reserva

Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de cincuenta y ocho (58) años. No obstante, pueden solicitar continuar en la situación de servicio activo por un (1) año hasta cumplir los sesenta (60) años de edad.


Escala de cabos y guardias

Forma de ingreso

Se puede ingresar en la enseñanza de formación para la obtención del empleo de Guardia Civil por ingreso directo, a través de alguna de las siguientes modalidades:

  • Acceso libre
  • Acceso restringido para militares profesionales (un mínimo del 40%, sin rebasar el 50 % de las plazas convocadas para acceder a la Escala de Cabos y Guardias, se reservarán a los militares profesionales de tropa y marinería, que lleven como mínimo cinco años de servicios y no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias).
  • Acceso restringido a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes (hasta un máximo del 20% de las plazas convocadas para acceder a la Escala de Cabos y Guardias, se reservarán a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro).

Escala de Oficiales


Información relativa número de plazas, requisitos y pruebas para el ingreso y el régimen de los alumnos, se regirá por las normas establecidas para el ingreso en Escalas Superiores de los Cuerpos Generales de los Ejércitos. La formación para este ingreso tiene una duración de 5 cursos académicos y se imparte en dos centros de enseñanza:

  • Academia General Militar del Ejército de Tierra, ubicada en Zaragoza.
  • Academia de Oficiales de la Guardia Civil, ubicada en Aranjuez (Madrid).

La obtención del primer empleo en esta escala supondrá la adquisición del título oficial de Grado Universitario correspondiente a las enseñanzas recibidas, que surtirá los efectos previstos en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad  y serán expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.



Escala de Cabos y Guardias


Información relativa número de plazas, requisitos y pruebas para el ingreso y el régimen de los alumnos. La formación para este ingreso tiene una duración de 1 curso académico y se imparte en la Academia de Guardias y Suboficiales de Baeza (Jaén), y posteriormente superar un periodo de formación en las Unidades Territoriales de la Guardia Civil, con una duración de 40 semanas.

Los alumnos del Centro de Formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias se incorporarán a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil tras finalizar con éxito el plan de estudios correspondiente y la evaluación del periodo de formación, y supondrá, con la atribución del empleo de Guardia Civil, la obtención de la titulación equivalente al de Técnico del Sistema Educativo General.
 

Sistema de ascensos dentro de la Escala de Cabos y Guardias

  • De Guardia Civil a Cabo, por el sistema de concurso-oposición. Los guardias civiles con 2 años de tiempo de servicios desde su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
  • De Cabo a Cabo Primero, por el sistema de antigüedad.
  • De Cabo Primero a Cabo Mayor, por el sistema de elección.

El curso de capacitación para ascenso a cabo constará de dos periodos:

  • Uno a distancia, en las Unidades de destino de los alumnos, de unos 2 meses de duración.
  • Otro presencial, en la Academia de Guardias de la Guardia Civil, con una duración aproximada de unos 20 días naturales.

Pase a la situación de reserva

Para todos los empleos de la escala, al cumplir la edad de 58 años. No obstante, se puede solicitar la continuación en servicio activo por periodos anuales hasta cumplir los 65 años de edad.

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